No hay duda que la velocidad es históricamente una de las causas más importantes en accidentes de tráfico. No es la única, ya que el alcohol y las drogas al volante o las distracciones generan a diario también un buen número de siniestros. De ahí que la DGT persiga con grandes medios los excesos de velocidad (también por su alto poder recaudatorio, todo hay que decirlo) y desde hace poco tiempo el uso del móvil a través de cámaras e incluso nuevas furgonetas camufladas.
También, en ocasiones, velocidad y DGT es fuente de polémica. De hecho, hace solo unas semanas ya te contamos que millones de multas podrían ser ilegales, según anunció Automovilistas Europeos Asociados. Hasta 5 sentencias daban la razón a esta organización, al admitir que la DGT no aplicaba correctamente el margen de error en sus multas. A consecuencia de ello, incluso las cuantías económicas de las sanciones impuestas se reducían en los tribunales hasta en una tercera parte.
Sin embargo, esta vez no hablamos de radares ocultos dispuestos a multar, ni de escasos márgenes de velocidad que no se aplican para sancionar. No, esta vez nos centramos en los grandes excesos de velocidad, aquellos especialmente graves que, no solo implican un gran riesgo en carretera para todos los usuarios de las vías, sino que incluso provocan ya importantes penas en los infractores al superar la barrera del delito.
Así, la DGT acaba de informar sobre cuándo es ya delito exceder los límites de velocidad en España. Y ello sucede ya, en primer lugar, cuando se supera en 60 km/h los límites en vías urbanas. Es decir, en calles limitadas a 50, circular a 110 km/h sería claramente delito.
Por lo que respecta a las carreteras interurbanas, exceder en 80 km/h los límites también es considerado un delito. Así que si el límite pongamos en una carretera que es 100, circular a 180 km/h conlleva ya ese salto legal.
Cuando un exceso de velocidad se considera delito, la pena ya conlleva prisión de 3 a 6 meses o multa o trabajos en beneficio de la comunidad, tal y como informa la DGT. Además, el infractor también se enfrenta a la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. Ya sabes, en carretera respeta siempre los límites de velocidad. No te la juegues.








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