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Inicio noticias de actualidad

El Supremo condena a Chaves y Griñán por el «descontrol» en las ayudas de los ERE

por Redacción Objetivo Cádiz
15 septiembre, 2022
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El Supremo condena a Chaves y Griñán por el «descontrol» en las ayudas de los ERE
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El Tribunal Supremo ha hecho público el contenido íntegro de la sentencia de los ERE, cuyo veredicto avanzó el 26 de julio. Condena a seis años de cárcel al expresidente José Antonio Griñán por los delitos de malversación y prevaricación. El también expresidente Manuel Chaves fue condenado a una pena de inhabilitación de nueve años. La setencia considera que se creó este sistema de ayudas «para evitar todo control administrativo». La sentencia sostiene que los expresidentes «conocieron y permitieron» la creación y el mantenimiento del «sistema fraudulento» de los ERE. Dos magistradas creen que el TS debió absolver a Griñán de malversación porque no ven «dolo» en su comportamiento y creen que el fallo es un salto al vacío porque la trama se originó en la Consejería de Empleo.

El Alto Tribunal asegura que José Antonio Griñán tenía «conocimiento de la ilegalidad» del criterio que se siguió con los ERE al tiempo que ha destacado su «pasividad» ante el «despilfarro y la arbitrariedad» con la que se concedieron las ayudas, según consta en la sentencia de 1.205 folios que se ha dado a conocer este miércoles y cuyo fallo había sido adelantado el pasado 26 de julio.

En la resolución, consta que se mantiene la pena de 9 años de inhabilitación por prevaricación para Chaves. Para Griñán, por su parte, se confirman los 6 años de cárcel por prevaricación y malversación, aunque su familia ya ha presentado la petición de indulto ante el Ministerio de Justicia.

La decisión de la Sala cuenta con el voto particular discrepante de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, quienes han considerado que se deberían haber estimado parcialmente los recursos presentados por Griñán, Miguel Angel Serrano, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Carmen Martínez, en el sentido de haber sido absueltos por el delito continuado de malversación de caudales públicos.

El tribunal, sin embargo, ha concluido que Griñán «tenía un papel central en la elaboración y aprobación de las normas presupuestarias por consecuencia de las competencias asignadas a sus cargos». «Es razonable presumir un alto nivel de conocimiento de estas normas así como de los problemas que pudieran suscitarse en la elaboración de los instrumentos presupuestarios», añade el fallo.

Los magistrados del Supremo han coincidido con el criterio de la Fiscalía, que durante una vista celebrada el pasado mayo pidió que se confirmaran las condenas impuestas a casi una veintena de excargos de la Junta de Andalucía, incluidos los dos expresidentes. El Ministerio Público defendió que había quedado probado que «se quiso modificar el sistema de concesión de las ayudas para evitar cualquier tipo de control», propiciando un sistema «prevaricador» donde «cada uno de ellos colaboró para la consecución del fin conjunto».

En aquellas vistas, la defensa de Griñán pidió al tribunal que le absolviera de los delitos de prevaricación y malversación al considerar que en los hechos probados no constaba «ninguna irregularidad» del entonces consejero de Hacienda ni que tuviera conocimiento de ello ni tampoco «ánimo de lucro». «No puede malversar quien no puede decidir sobre el destino de los fondos», dijo su abogado.

La defensa de Chaves solicitó igualmente su absolución del delito de prevaricación escudándose en sentencias anteriores del Supremo para defender que los dos acuerdos relativos a los anteproyectos de los Presupuestos andaluces –que aprobó cuando estaba en el Consejo de Gobierno– no pueden considerarse actos administrativos sino actos políticos, por lo que –a su juicio– no sería aplicable el delito de prevaricación.

VEREDICTO ADELANTADO EL 26 DE JULIO

El Tribunal Supremo dio a conocer el pasado 26 de julio que confirmaba la sentencia del caso ERE dictada por la Audiencia de Sevilla, que condenó a seis años de cárcel al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán por los delitos de malversación y prevaricación. El también expresidente Manuel Chaves fue condenado a una pena de inhabilitación de nueve años.

Solo se conocía el fallo, la parte más importante de la sentencia, donde se establecen las penas o absoluciones. Pero los fundamentos y argumentaciones, que deben de tener unos 2.000 folios, se conocerán a partir del próximo mes de septiembre. La sentencia de la Audiencia de Sevilla llegó el 19 de noviembre de 2019, y el Tribunal Supremo ha tardado casi tres años en dictar la suya.

En el fallo constaba el voto discrepante anunciado por las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, las cuales consideran que se deberían haber estimado parcialmente los recursos presentados por José Antonio Griñán y los también condenados Miguel Ángel Serrano, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Carmen Martínez Aguayo, en el sentido de haber sido absueltos por el delito continuado de malversación de caudales públicos.

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