El Tribunal Supremo ha revocado el tercer grado concedido por la Generalitat a los nueve condenados a prisión por el «procés», quienes tampoco podrán gozar del régimen flexible que les permitía salir para ir a trabajar o hacer voluntariado en virtud del artículo 100.2 del reglamento penitenciario.
Los magistrados que juzgaron a los líderes independentistas han adelantado el fallo de los autos, cuyo contenido se conocerá en los próximos días, en los que estiman los recursos de la Fiscalía contra el tercer grado y contra la aplicación del artículo 100.2 que se concedió a los presos antes de otorgarles el régimen de semilibertad.








¡Recibe notificaciones en tu escritorio para poder enterarte de todas nuestras noticias!