Dentro de las medidas aprobadas y referente a los establecimientos de hostelería se establece que aquellos que cuenten con sistema de autoservicio, evitarán la manipulación directa de los productos por parte de los clientes o en su caso, se establecerán sistemas que impidan que dicha manipulación pueda contaminar los alimentos o los elementos de contacto y uso común.
En concreto, y sin menoscabo de las medidas de seguridad alimentaria, serán aplicables medidas como el autoservicio de alimentos previamente emplatados, individualmente o en monodosis protegidas y en ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. En los accesos de los establecimientos o de sus zonas de autoservicio habrá cartelería informativa visible sobre buenas prácticas para los clientes.
Los buffet dispondrán de geles hidroalcohólicos o desinfectantes viricidas autorizados y guantes desechables, así como de la información de las buenas prácticas que deben seguir los clientes. Igualmente, se marcarán los circuitos de autoservicio para permitir mantener la distancia de seguridad. A su salida se dispondrán de papeleras para depósito de los guantes desechables. El uso de mascarilla será obligatorio. Los elementos de servicio y, en su caso, los puntos de contacto de las máquinas de bebidas en autoservicio serán desinfectados o cambiados con una frecuencia adecuada, nunca superior a 30 minutos.
Del mismo modo, los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local y la ocupación máxima será de 12 personas por mesa o agrupación de mesa.
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