El consejo de administración de la Red Logística de Andalucía, que depende de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA), ha aprobado medidas para ayudar a las empresas que están instaladas en sus áreas logísticas y así paliar los efectos de la pandemia del coronavirus (Covid-19), como el aplazamiento de las rentas para dotar de mayor liquidez a las empresas para el reinicio de la actividad productiva.
Tras la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria, la actividad económica de las empresas se está viendo seriamente afectada debido a la paralización de gran parte de las operaciones comerciales. Esta paralización de actividad va a generar en muchas empresas grandes dificultades económicas y de tesorería en los meses de abril y mayo. Es por ello que la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, a través de sus entidades Agencia Pública Puertos de Andalucía y Red Logística de Andalucía S. A., va a poner en marcha un programa de actuaciones específicas que fomenten la actividad y limiten los perjuicios ocasionados por esta situación de crisis sanitaria.
Así, la Red Logística de Andalucía S. A. pondrá en marcha medidas como el aplazamiento de los alquileres para dotar de mayor liquidez a las empresas para el reinicio de la actividad productiva. Así, las rentas de los meses de abril y mayo se prorratearán sin intereses entre los meses de junio a diciembre.
Además, en los contratos en vigor, se aprobó la suspensión de los plazos de carencia desde el 14 marzo, los cuales empezarán a computar una vez finalice el Estado de Alarma. En cuanto a los contratos de aparcamientos, los pagos de los meses de abril y mayo también se repartirán en meses posteriores.
Además, habrá aplazamientos de las liquidaciones correspondientes a los meses de abril y mayo, prorrateando sin intereses dichos importes entre los meses de junio a diciembre. Este aplazamiento tendrá carácter rogado y deberá ajustarse a las normas de gestión de ingresos públicos de naturaleza tributaria y parafiscal. Estas medidas deberán ser actualizadas y adaptadas en función de la duración del Estado de Alarma, de la evolución de la actividad en las diferentes áreas y de las situaciones particulares de las empresas ubicadas en las áreas logísticas de interés autonómico.