En la sentencia, el Tribunal Supremo, considera que la exhumación puede realizarse y rechaza todos los argumentos de la familia Franco, que equivocó su recurso. El Supremo no ve razones de inconstitucionalidad en el decreto, no ve que sea discriminatorio que se ocupe de una persona solamente, Francisco Franco, «dada la singularidad de su figura por su posición en el régimen surgido de la Guerra Civil», no afecta a la libertad religiosa, no lesiona el derecho a la intimidad familiar.
El Gobierno tiene preparada la exhumación y posterior enterramiento en El Pardo de forma que «no sea un espectáculo», y que se produzca «con la mayor diligencia posible» y dentro de un «protocolo de seguridad». Así lo explicó el ministro del Interior en funciones, Fernando Grande-Marlaska.
Al conocerse la sentencia se despejan las dudas y por lo tanto se verá las acciones que emprende la familia Franco ante los tribunales y la decisión del juzgado que tiene paralizada la obra en sí de la exhumación. El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Madrid, José Yusty Basterreche, suspendió provisionalmente la licencia de obras del ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para levantar la losa de la tumba de Francisco Franco en el basílica de Cuelgamuros. Ahora el Supremo dice que no se necesita esa licencia, ya que se trata de una obra menor.
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