
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado no ratificar la orden relativa al certificado covid para el acceso a centros sanitarios y residencias, ya que la orden no establece un límite temporal de esta medida planteada por la Junta, que sí cumple con los requisitos de proporcionalidad, necesidad e idoneidad.
El pronunciamiento del TSJA se produce después de que la Fiscalía Superior de esta comunidad alegara que la implantación del pasaporte debía ser «ratificada» por contar con «habilitación legal suficiente» y resultar «proporcionada».









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