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Inicio noticias de actualidad

Como solicitar el Ingreso Mínimo Vital

por Redacción Objetivo Cádiz
15 junio, 2020
dentro de noticias de actualidad, Portada
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Como solicitar el Ingreso Mínimo Vital
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La crisis del coronavirus aceleró la aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que desde este lunes, 15 de junio, unas 38.500 familias gaditanas de la provincia -aproximadamente 2.700 de la capital- podrán solicitarlo. Dicho de otro modo, unos 100.000 gaditanos se beneficiarán de esta ayuda social, más de 9.000 en la capital.

Las solicitudes se podrán presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos, una vez que se firmen los convenios previstos, y mediante los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social, cuando retomen la atención al público.

Comienza el plazo para acogerse a esta medida pero ¿qué deben saber las personas que vayan a solicitarlo?

Dónde solicitarlo
La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y, cuando la situación sanitaria lo permita, también se podrá efectuar en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

¿Tiene efecto retroactivo?
Las solicitudes que se presenten durante los tres primeros meses serán reconocidas con efecto retroactivo desde el 1 de junio. Después de este plazo, el derecho a la prestación del ingreso mínimo vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

Los solicitantes que resulten beneficiarios de la nueva ayuda recibirán un SMS del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Los ciudadanos se pueden informar a través de la página web de la Seguridad Social (http:// www.seg-social.es) y mediante el nuevo asesor virtual, ISSA.

Asimismo, a través de un simulador se puede comprobar si se cumplen los requisitos para acceder a esta prestación, y hay habilitada una línea de teléfono para realizar consultas concretas a través del número 900 20 22 22.

¿Qué hacer si ya recibe la asignación de menor a cargo?
El INSS reconocerá de oficio la prestación a casi 75.000 familias españolas que ya reciben la asignación de menor a cargo y que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley. Estos beneficiarios recibirán un SMS y una resolución donde se explica su concesión. Además, percibirán el primer pago del Ingreso Mínimo Vital el próximo 26 de junio, casi un mes antes de lo que correspondía.

El ingreso mínimo vital establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar y completará las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta ese umbral garantizado para cada tipología que, en el caso de los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva, que se distribuirá en doce pagas.

Requisitos
El primer requisito para acceder a la nueva renta será el de la vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho.

Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad. Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce meses.

Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia, ésta tendrá que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud. Para todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de Covid-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.

Además, se hará un test de patrimonio que excluirá a quienes superen los límites fijados para cada tipo de hogar, partiendo de los 16.614 euros para los hogares unipersonales, descontada la vivienda habitual.

Documentos oficiales
Para solicitar el ingreso mínimo vital será necesario el DNI o NIE; la inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o tarjeta de identidad de extranjeros; certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad; y el libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

Información de interés
Las solicitudes presentadas durante los tres primeros meses (hasta el 15 de septiembre) tendrán efectos económicos desde el 1 de junio de 2020, siempre que se cumplan los requisitos en dicha fecha. El Ingreso Mínimo Vital pretende dotar de capacidad económica a las familias con vulnerabilidad. Es decir, reforzar aquellos hogares en los que la renta no llegue al umbral de ingresos fijado para ese tipo de hogar.

El umbral varía entre los 462 y los 1.015 euros al mes en función del número de personas que convivan como beneficiarios y de sus características. En el caso de una persona que viva sola y no tenga ingresos, recibiría una paga de 462 euros al mes. En el otro extremo, a una unidad familiar con cuatro adultos y un niño le correspondería un ingreso de 1.015 euros al mes.

Si la familia dispone de ingresos preexistentes, su Ingreso Mínimo Vital será la diferencia entre esos ingresos y el umbral establecido para ese hogar. Como rentas preexistentes cuentan prácticamente todos los tipos de ingresos que tenga el hogar, salvo las becas, ayudas a vivienda o las rentas mínimas de las comunidades autónomas. En general, se tendrán en cuenta las rentas habituales y no las puntuales o con carácter finalista.

El objetivo del IMV no es perpetuar la necesidad de prestación, sino facilitar mecanismos a cada familia para que tenga la posibilidad de alcanzar por sus propios medios los ingresos necesarios.

Andalucía sería la comunidad autónoma con más beneficiarios, en base a su alto porcentaje de población en riesgo de exclusión social. Los últimos datos ofrecidos por el INE, registrados en 2018, elevan al 38,2 % la tasa de riesgo de pobreza o exclusión social en la población andaluza. No existe un baremo por provincias, pero varios estudios, como el de la consultora privada AIS, señala a la gaditana como una de las más afectadas en España: una de cada tres personas en la provincia de Cádiz están en riesgo de pobreza.

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